La mayor parte del comercio internacional de aletas de tiburón estará regulado por primera vez, y una serie de nuevas protecciones para las tortugas, ranas y rayas latinoamericanas que se capturan y venden como mascotas en Europa, Estados Unidos y Asia entrarán en vigor tras una cumbre mundial sobre la vida silvestre celebrada en Panamá que concluyó el viernes.
La 19ª Conferencia de las Partes (CoP) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que se celebró en Ciudad de Panamá del 14 al 25 de noviembre, reunió a los gobiernos signatarios en América Latina por primera vez en 20 años.
¿Qué es la CITES?
Es un acuerdo mundial que busca garantizar que el comercio internacional no lleve a los animales y plantas silvestres a la extinción, regulando o prohibiendo el comercio de las especies incluidas en sus apéndices.
“El hecho de que esta CoP se celebrara en América Latina permitió una mayor participación de los gobiernos de la región y de las ONG, y creo que ha permitido una mayor visibilidad de los temas latinoamericanos”, dijo Germán Forero, director científico de la Wildlife Conservation Society Colombia, en la reunión de Panamá.
“Normalmente, el centro de atención [en las reuniones de la CITES] son los animales carismáticos de África y Asia, pero ahora se están analizando los problemas más allá de esas grandes especies. El comercio de especies silvestres es común en América Latina y, por desgracia, también el tráfico, pero estamos hablando de especies pequeñas que son más fáciles de contrabandear: ranas, tortugas, rayas, peces. Creo que ese cambio de enfoque es importante, ya que nos fijamos en los problemas de América Latina, que tiene una gran biodiversidad”, añadió Forero.
La CITES es un acuerdo mundial que se firmó por primera vez en 1975 y que ahora cuenta con 183 países signatarios, además de la Unión Europea. El objetivo de la CITES es garantizar que el comercio internacional no lleve a los animales y plantas silvestres a la extinción, regulando o prohibiendo el comercio de las especies incluidas en sus apéndices. El Apéndice I está destinado a los animales y plantas silvestres más amenazados, y el comercio internacional de estas especies está generalmente prohibido. El Apéndice II está destinado a las especies que podrían verse amenazadas por el comercio si éste no se regula. El comercio de estas especies está permitido si el país exportador emite un permiso que confirme que se ha recolectado de forma legal y sostenible.
Dado que la sobreexplotación y el comercio han sido identificados como el segundo mayor impulsor de la crisis global de la biodiversidad, la CITES tiene el potencial de desempeñar un papel crucial para minimizar el daño al planeta. A continuación, analizamos cinco decisiones clave tomadas en la CoP19 que podrían tener un gran impacto en las especies de animales y plantas silvestres de América Latina.
Se regulará la mayor parte del comercio de aletas de tiburón
Entre los resultados más notables de la CoP19 de la CITES están las decisiones de añadir tres familias de tiburones y rayas al Apéndice II, lo que significa que el comercio internacional de estas especies estará regulado por primera vez.
Panamá, junto con Colombia, República Dominicana, Ecuador, El Salvador y otros 36 países, lideró una propuesta para incluir las 56 especies de tiburones réquiem (de la familia Carcharhinidae) en el Apéndice II. La propuesta destacaba que el 68% de las especies de la familia -que incluye especies tan conocidas como la tintorera y los tiburones de arrecife- están en peligro de extinción, y que los tiburones réquiem representan hasta el 86% del comercio mundial de aletas de tiburón. La propuesta se centraba en 19 especies especialmente amenazadas, y argumentaba que, dado que las aletas y la carne de tiburón son muy difíciles de identificar, es necesario regular el comercio de toda la familia para proteger eficazmente a estas especies.
También se adoptaron propuestas para incluir en el Apéndice II a la familia de los tiburones martillo (Sphyrnidae), que también se comercializan por sus aletas, y a los peces guitarra. La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) considera que la mayoría de las especies de estas dos familias están en peligro de extinción.
“Estamos muy contentos porque el mundo ha despertado a la conservación de los tiburones, los principales depredadores que mantienen el equilibrio de los ecosistemas que necesitan nuestras comunidades costeras”, dijo Shirley Binder, asesora principal del Ministerio de Medio Ambiente de Panamá y presidenta de la sesión plenaria de la CoP19, que presentó la propuesta del tiburón réquiem en la reunión.
Stan Shea, director del programa marino de la Asociación Bloom de Hong Kong, una ONG que trabaja en la protección de los océanos, declaró a Diálogo Chino: “Esta CoP ha ayudado a la conservación marina a dar un paso adelante, no sólo con las listas sino con las nuevas herramientas de implementación. Ahora, con la inclusión de más especies en la CITES, podemos obtener datos específicos sobre la cantidad de ejemplares que se comercializan, para que los investigadores puedan entender mejor el comercio. El siguiente paso es pensar cómo vamos a aplicar y hacer cumplir [las listas] adecuadamente, asegurándonos de que el comercio es legal y sostenible”.
Protección para las ranas de cristal
En la CoP19 de la CITES, los gobiernos del mundo adoptaron una propuesta presentada por Costa Rica, junto con otros 13 países, para añadir toda la familia de las ranas de cristal, Centrolenidae, al Apéndice II, lo que significa que se requerirán permisos antes de poder comercializarlas internacionalmente. La familia de las ranas de cristal, llamada así por su vientre transparente, comprende al menos 158 especies nativas de América del Sur y Central, muchas de las cuales aparecen en los mercados de mascotas de Europa, Asia oriental y Estados Unidos. De las especies de la familia cuyo estado de conservación se ha evaluado, casi el 60% se consideró en peligro de extinción, señala la propuesta.
“Hemos visto un enorme aumento en el comercio de ranas de cristal”, dijo Alejandra Goyenechea, asesora internacional principal de la ONG estadounidense Defenders of Wildlife, en conversación con Diálogo Chino en Panamá. “Se están comercializando ilegalmente porque el país de origen no dio permisos para la exportación de estas ranas, que estaban siendo tomadas de la naturaleza, pero están disponibles abiertamente en ferias comerciales y en internet”.
Esta CoP ha ayudado a la conservación marina a dar un paso adelante, no sólo con las listas sino con las nuevas herramientas de implementación
La propuesta de añadir la familia al Apéndice II se adoptó por consenso, a pesar de la oposición inicial de la UE y Canadá, que cuestionaron si toda la familia merecía la inclusión en la CITES. Anteriormente, en 2019, una propuesta para incluir cuatro géneros de ranas de cristal había sido rechazada por un estrecho margen en la CoP18.
“Los países no se echaron atrás, volvieron con más fuerza, con más co-proponentes, con más energía, presentando la familia completa”, dijo Goyenechea. “Tener una familia completa de anfibios en el Apéndice II es histórico”.
Mientras que familias enteras de otros animales -como los osos y los halcones- se habían añadido a los apéndices de la CITES, hasta la fecha las únicas inclusiones de anfibios se referían a especies o géneros.
Se debe regular más el comercio de madera
En la CoP19 se aprobaron dos propuestas, ambas lideradas por Colombia, Panamá y la UE, para añadir especies arbóreas latinoamericanas al Apéndice II de la CITES, lo que significa que se regulará el comercio internacional de su madera. Todo el género Dipteryx fue añadido al Apéndice II, después de que se argumentara que el alto valor de su madera y un creciente comercio internacional están amenazando a cuatro especies del género, y que es necesario regular el comercio de otras especies, ya que son difíciles de distinguir. Bolivia, Brasil y Guyana se opusieron a la inclusión, pero fue aprobada tras una votación.
También se añadieron al Apéndice II tres géneros de árboles trompeta, conocidos como ipê en Brasil. Los proponentes argumentaron que, dada la lenta tasa de crecimiento y la elevada demanda internacional, es necesario regular el comercio de la madera de estas especies para garantizar su supervivencia. Bolivia, Brasil y Perú se opusieron, alegando que muchas especies de ipê no están amenazadas, pero la propuesta fue finalmente aprobada por votación.
En ambos casos, las partes acordaron un retraso de 24 meses antes de que la lista entre en vigor, después de que algunos países dijeran que necesitaban tiempo para prepararse para la carga administrativa de la aplicación. El Reino Unido se opuso en la reunión.
Leigh-Anne Bullough, oficial científica de la CITES para la delegación del Reino Unido, explicó a Diálogo Chino: “El Reino Unido apoya plenamente la inclusión del género Dipteryx, pero le preocupa que el retraso de 24 meses en la aplicación pueda crear un incentivo para recolectar grandes cantidades en la naturaleza para crear reservas preconvención. En su lugar, el Reino Unido desearía que los Estados del área de distribución aprovecharan las diversas resoluciones para apoyar la aplicación, y también nos gustaría trabajar con otras partes para ayudar a la aplicación.”
Control del comercio de tortugas de agua dulce
En la CoP19 de la CITES se adoptaron un total de 12 propuestas para aumentar la regulación del comercio de tortugas de agua dulce. Entre las especies latinoamericanas añadidas al Apéndice II se encuentran las tortugas de madera neotropicales del género Rhinoclemmys; las tortugas de barro del género Kinosternon, y las distintivas tortugas matamata de las cuencas de los ríos Amazonas y Orinoco. Las especies de todos estos grupos se capturan y comercializan internacionalmente como mascotas.
Dado que las tortugas latinoamericanas debatidas en la CoP19 se añadieron al Apéndice II, las ventas internacionales para el comercio de mascotas no están prohibidas, pero se supone que ahora se regulan para garantizar la supervivencia a largo plazo de la especie.
Rayas amazónicas
Otro grupo de especies latinoamericanas que recibió nueva protección contra el comercio de mascotas en la CoP19 de la CITES fueron las rayas de agua dulce. Siete especies del género Potamotrygon, todas ellas presentes únicamente en Brasil, fueron añadidas al Apéndice II de la CITES. Las especies son populares en el comercio de peces ornamentales en Asia y Europa debido a su atractiva piel, y Brasil argumentó que la regulación de este comercio es necesaria para asegurar su supervivencia a largo plazo.
“Estas rayas se venden en Asia. Sin embargo, Brasil no autoriza las exportaciones desde el medio silvestre y, por lo tanto, los especímenes que se comercializan lo hacen de forma ilegal”, dijo Goyenechea de Defenders of Wildlife a Diálogo Chino. “Ahora que estas especies están incluidas en la lista de la CITES, esta situación mejorará, porque se establecerán requisitos para garantizar que el comercio sea sostenible y rastreable”.
Más allá de las rayas, Goyenechea habló de la preocupación por el comercio de mascotas en general y de la necesidad de aumentar los esfuerzos para controlarlo y regularlo: “En esta CoP, los países señalaron que entienden la necesidad de regular el comercio internacional de mascotas, que ha ido en aumento. Me gustaría que la CITES examinara más de cerca el comercio de mascotas, porque tiene un gran impacto en los países ricos en biodiversidad y es fácil reducir la demanda: las mascotas exóticas no son algo que la gente necesite”.
Ahora es importante que los países centren sus acciones y esfuerzos en la aplicación y el cumplimiento
Murillo, de la Wildlife Conservation Society, mostró entusiasmo por las nuevas inclusiones en la reciente CoP, pero señaló los retos que se plantean más allá de la reunión: “Es bueno que se hayan aprobado estas propuestas, pero ahora el reto es la aplicación. El comercio ilegal también afecta a las especies incluidas en la CITES, y tenemos que combatir el tráfico de especies silvestres en nuestra región; ahora es importante que los países centren sus acciones y esfuerzos en la aplicación y el cumplimiento”.